DECRETO DE FUNDACION
El día 09 de Marzo de 1870 se expide un Decreto Supremo convirtiendo en puerto mayor la Garita de Moche.
El mencionado decreto dice así:
“JOSE BALTA, Presidente Constitucional de la Republica.
CONSIDERANDO:
Que el puerto de Huanchaco es del todo inoperante para el tráfico mercantil; que según los estudios hechos por los Ministerios de Marina y de Gobierno, la Caleta nombrada Garita de Moche, situada al sur de Huanchaco a los 8º14'12'' latitud sur y a los 78º57' de longitud occidental, reune condiciones muy superiores a la de aquel puerto para la factibilidad del embarque y desembarque y fondeadero de los buques y las necesarias para el establecimiento de una población no menos que por la factibilidad de comunicación con la capital del departamento.
Que la seguridad de las vidas y los intereses del comercio exigen que el gobierno emplee los medios adecuados para tan importante objeto.
En uso de la autorización legislativa de treinta y uno de Octubre de mil ochocientos setenta y ocho.
DECRETA:
Art. Primero.- La Caleta denominada “Garita de Moche” queda convertida en Puerto Mayor con el nombre de Puerto de “Salaverry”, en reemplazo del de Huanchaco, que quedará pasado el plazo que señalará por Resolución especial, reducido a la condición de Caleta.
Art. Segundo.- La Aduana del nuevo puerto será servida por los siguientes empleados:
Un Administrador con un sueldo de S/. 2400
Un Contador con un sueldo de S/. 2000
Un Guarda Almacén con un sueldo de S/. 1200
Un Oficial Auxiliar con un sueldo de S/. 1200
Dos Amanuenses cada uno con un sueldo de S/. 600
Un Teniente de Resguardo con un sueldo de S/. 1000
Nueve Inspectores de los que uno servirá en la Caleta de Guañape, otro en la de Malabrigo y el tercero en la de Chao con el sueldo de S/. 800
Un Portero con un sueldo de S/. 120
Un Patrón de Falúa con un sueldo de S/. 120
Cuatro Marineros con un sueldo de S/. 192
Gastos de Escritorio y Policía con un sueldo de S/. 200
Art. Tercero.- El primero de Junio próximo, se trasladaran al nuevo Puerto de "Salaverry" los empleados que actualmente sirven en la Aduana de Huanchaco y por Resolución Especial se proveerá el servicio que en el debe hacerse desde el citado primero de Junio.
Art. Cuarto.- En Decreto separado y con vista del plano de la localidad y distribución de lotes, que se hará por el Ministerio de Obras Públicas, se determinara las condiciones y el modo de adjudicación de las áreas de propiedad nacional que se soliciten para edificar.
El Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Comercio, queda encargado del cumplimiento de este Decreto y hacerlo publicar y circular.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima a los nueve días del mes de Marzo de mil ochocientos setenta.
JOSE BALTA
Nicolás de Pierola
Habiéndose dispuesto por Decreto de la fecha, la traslación del Puerto de Huanchaco, a la Caleta denominada Garita de Moche, y siendo necesario señalar un plazo para la clausura del primero, se dispone:
El Puerto de Huanchaco solo subsistirá como tal por el plazo de seis meses contados desde la publicación de esta resolución en diario oficial. Pasado dicho término el dicho puerto quedará en la condición señalada en el mencionado decreto.
Comuniquese, regístrese y publiquese.
S.E.- Pierola
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