Jóvenes Activando El Desarrollo Social - Salaverry

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LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE SALAVERRY
LEY Nº 306


MARIANO  I. PRADO
Presidente de la Republica

Por cuanto el Congreso ha dado la Ley siguiente:

El Congreso de la Republica Peruana

Considerando:

Que el puerto mayor de Salaverry, en el Departamento de La Libertad, por su población, comercio y demás condiciones, requiere una organización política y municipal en armonía con sus necesidades;
Ha dado la Ley siguiente:


Art. Único.-  Se declara Distrito al puerto mayor de Salaverry, en el Departamento de La Libertad.

Comuníquese al Poder Ejecutivo para que disponga lo necesario a su cumplimiento.
Dada en la sala de sesiones del Congreso, en Lima, a 3 de Enero de 1879.

J. de la Riva Agüero, Vicepresidente del Senado.- Camilo N. Carrillo, Presidente de la Cámara de Diputados.- Federico Luna, Secretario del Senado.- Nicanor León, Secretario de la Cámara de Diputados.

Al Excmo.  Sr. Presidente de la República.

Por tanto: mando se imprima, publique y circule y se le de el debido cumplimiento.

Dado en el Palacio de Gobierno, en Lima, a 4 de Enero de 1879.

M.I. PRADO  .-  Juan Corrales Melgar

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